Cómo calcular tu prestación por desempleo 2026: simulador y requisitos
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Cómo calcular tu prestación por desempleo 2026: simulador y requisitos

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Equipo AyudasDirectas·Publicado: 18 de marzo de 2026·Actualizado: 18 de marzo de 2026

¿Cómo se calcula la prestación por desempleo en 2026?

Si has perdido tu empleo o estás a punto de hacerlo, es fundamental que sepas cuánto vas a cobrar de paro y durante cuánto tiempo. La prestación contributiva por desempleo se calcula en función de tu base reguladora y del tiempo que hayas cotizado. En esta guía te explicamos la fórmula exacta, los requisitos y todos los detalles que necesitas conocer para 2026.

Requisitos para cobrar el paro en 2026

Para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo debes cumplir estas condiciones:

  • Haber cotizado al menos 360 días (un año) en los últimos 6 años antes de quedar en situación legal de desempleo
  • Estar en situación legal de desempleo: despido (objetivo, disciplinario improcedente, ERE), fin de contrato temporal, dimisión por causa justificada, o reducción de jornada superior al 33%
  • No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes al cese
  • No estar realizando actividad por cuenta propia (salvo compatibilidad autorizada)

Fórmula de cálculo de la prestación

La cuantía de tu prestación se calcula siguiendo estos pasos:

Paso 1: Calcular la base reguladora

La base reguladora es la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados (6 meses), excluyendo las horas extraordinarias. Para calcularla:

Base reguladora = Suma de las bases de cotización de los últimos 180 días ÷ 180

Paso 2: Aplicar el porcentaje correspondiente

  • Primeros 180 días (6 meses): Cobras el 70% de la base reguladora diaria
  • A partir del día 181: Cobras el 50% de la base reguladora diaria

Paso 3: Comprobar los topes mínimo y máximo

La prestación tiene unos límites que dependen del IPREM y de tu situación familiar. Para 2026:

  • Cuantía mínima sin hijos: Aproximadamente 560€/mes
  • Cuantía mínima con hijos: Aproximadamente 748€/mes
  • Cuantía máxima sin hijos: Aproximadamente 1.225€/mes
  • Cuantía máxima con 1 hijo: Aproximadamente 1.400€/mes
  • Cuantía máxima con 2 o más hijos: Aproximadamente 1.575€/mes

Duración de la prestación según cotización

La duración del paro depende directamente de los días cotizados en los últimos 6 años. La tabla completa es:

  • 360 a 539 días cotizados → 120 días de prestación (4 meses)
  • 540 a 719 días → 180 días (6 meses)
  • 720 a 899 días → 240 días (8 meses)
  • 900 a 1.079 días → 300 días (10 meses)
  • 1.080 a 1.259 días → 360 días (12 meses)
  • 1.260 a 1.439 días → 420 días (14 meses)
  • 1.440 a 1.619 días → 480 días (16 meses)
  • 1.620 a 1.799 días → 540 días (18 meses)
  • 1.800 a 1.979 días → 600 días (20 meses)
  • 1.980 a 2.159 días → 660 días (22 meses)
  • 2.160 días o más → 720 días (24 meses, máximo)

Ejemplo práctico de cálculo

Supongamos que María ha sido despedida tras 3 años de trabajo (1.080 días cotizados) con una base de cotización mensual de 2.000€:

  • Base reguladora diaria: 2.000€ × 6 ÷ 180 = 66,67€/día
  • Primeros 6 meses: 66,67€ × 30 × 70% = 1.400€/mes
  • Resto de meses: 66,67€ × 30 × 50% = 1.000€/mes
  • Duración total: 360 días (12 meses)

Subsidio por desempleo para mayores de 52 años

Si has agotado la prestación contributiva y tienes 52 años o más, puedes solicitar el subsidio para mayores de 52. Se trata de una ayuda de aproximadamente 480€/mes (80% del IPREM) que se cobra hasta alcanzar la edad de jubilación. El requisito principal es que tus rentas propias no superen el 75% del SMI. Además, la Seguridad Social cotiza por ti para la jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio, lo cual protege tu futura pensión.

¿Cuándo y cómo solicitar el paro?

Debes solicitarlo en los 15 días hábiles posteriores a tu último día de trabajo. Puedes hacerlo telemáticamente en sede.sepe.gob.es con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita previa en tu oficina de empleo. Si te pasas del plazo de 15 días, no pierdes el derecho pero sí los días de retraso.

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